FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 19 marzo 2024.

CONVENIO ÚNICO

Reunión de la Comisión de Seguimiento del Concurso de Traslados 2017

    Ayer, día 21 de septiembre, se celebró reunión de la Comisión de Seguimiento del concurso de traslados de personal laboral en el ámbito del Convenio Único, reunión que había sido solicitada por CCOO y UGT apelando al compromiso por parte de Administración y organizaciones sindicales de hacer de esta Comisión un verdadero grupo de trabajo, de comunicación en ambas direcciones y transparencia en todo lo relativo al concurso.

    22/09/2017.
    Reunión de la Comisión de Seguimiento del Concurso de Traslados

    Reunión de la Comisión de Seguimiento del Concurso de Traslados

    Los temas tratados, según lo solicitado por la parte social, son los siguientes:

    • Información relativa a datos y estadísticas sobre la participación en el concurso: La Administración ofrece unos primeros datos, aún provisionales, del número de solicitudes recibidas (1.594), cifra que aún puede sufrir modificaciones por la posibilidad de que haya solicitudes duplicadas (presentadas telemáticamente y en papel) o no se haya incorporado alguna solicitud de las presentadas en papel de las que aún se están grabando. Se entregan también datos del número de solicitudes por plaza, información que, igualmente, debe considerarse provisional.
    • Calendario de actuaciones en el proceso del concurso y de reuniones de la Comisión de Seguimiento: La Administración afirma estar aún en unas actuaciones muy preliminares del proceso, y que los listados de solicitantes admitidos y excluidos no se publicarán probablemente antes de la 2ª quincena de octubre.
    • En cuanto a las reuniones de la Comisión, se reitera que se reunirá quincenalmente (tal como CCOO pedimos que constara en las propias bases del concurso), siempre que haya materia que tratar, y cuando alguna de las partes integrantes lo solicite.
    • Aplicación del artículo 26.4 del III Convenio Único, referido al traslado obligatorio: CCOO propusimos este punto y seguimos insistiendo en nuestra discrepancia con la interpretación que viene haciendo la Administración de lo recogido en el CU, que dice literalmente:

    “Los trabajadores que hubiesen sido afectados por un traslado obligatorio, por una sola vez, y siempre que haya transcurrido un año desde el traslado, en los términos que se establezca en el respectivo baremo, para ocupar las vacantes de necesaria provisión de su grupo profesional y área funcional que se produzcan en la localidad de origen, provincia o isla”.

    La expresión “por una sola vez” es para la Administración “una sola participación en concurso” –se obtenga o no se obtenga plaza–, y, de hecho, lo ha querido dejar claro introduciendo en el texto de las bases de este concurso la coletilla “y condicionado a que con anterioridad no hubiese hecho uso de este derecho” (Base quinta, 4.3); en estas mismas bases se repite, como en convocatorias anteriores, que se adjudicarán 35 puntos a las personas afectadas por un traslado obligatorio. Para CCOO esto es una interpretación unilateral restrictiva que no responde al espíritu de lo que se quiso reflejar en el Convenio ni al más puro sentido común y, por tanto, vulnera el derecho de trabajadoras y trabajadores que se hayan visto afectados por un traslado obligatorio a regresar a su lugar de origen. Ese “por una sola vez” deberá ser “para un solo traslado que, en efecto, se haya conseguido en los términos claramente expresados: a lugar de origen y plaza de mismo grupo y área funcional. Como esta reclamación, apoyada por la mayoría de la parte social, no tiene aquí más recorrido, CCOO la llevaremos inmediatamente al Grupo de Interpretación de CIVEA y allá donde sea necesario.

    • Aclaración sobre el cómputo de antigüedad de personal fijo discontinuo: Este tema, que plantea tanta controversia y sobre el que hay varias sentencias judiciales en Comunidades Autónomas y diferentes convenios reconociendo el derecho del trabajador o trabajadora fijo discontinuo a que se le compute la antigüedad desde el momento en que firma su contrato (que, recordemos, no es temporal, es decir, no finaliza con cada periodo de servicio efectivo y se hace contrato nuevo en el siguiente) está aún sin resolver en el Convenio Único y, por tanto, en el concurso se sigue aplicando el criterio de computar, a todos los efectos, el tiempo de trabajo efectivo. En cualquier caso, CCOO recordamos el compromiso de crear un grupo de trabajo de CIVEA para tratar todo lo relativo a personal fijo y discontinuo y personal a tiempo parcial para buscar salidas a estos trabajadores y trabajadoras que están “atrapados” en un puesto y una situación de la que difícilmente pueden salir.
    • Valoración de la lengua cooficial en algunos puestos de trabajo: Se pone de manifiesto la falta de identificación de puestos en los que tendría que puntuarse (1 punto) “el conocimiento de la lengua cooficial en la Comunidad Autónoma en la que esté el puesto solicitado” (puestos de atención al público, manejo de documentación bilingüe, etc.). La respuesta es que se solicitó tal identificación a los respectivos departamentos ministeriales, y el -nulo- resultado es el que se plasma en el Anexo de puestos. Para variar, el fallo siempre es de otros… y el control de un concurso interdepartamental parece que también.

    Para concluir, CCOO ponemos de manifiesto ciertas irregularidades o errores que se han detectado en los certificados de méritos que los participantes en el mismo pueden ver en FUNCIONA desde el pasado día 18, como el cómputo equivocado en la antigüedad (que, en el caso de ser que se “cuenta de más” quizá no pueda ser detectado al no haber alegaciones del trabajador o trabajadora, lo que perjudicaría a otras personas) o que no se tengan en cuenta para esa antigüedad los plazos posesorios en el acceso al puesto que se ocupa. La Administración dice que se ha pidió a los Departamentos que se revisaran cuidadosamente todos los certificados que han emitido, y que ya tienen algunos casos que se están comprobando de nuevo. CCOO reclamamos de nuevo que, comprobaciones y revisiones aparte, para evitar que pasen desapercibidos este tipo de errores y puedan darse casos en que obtenga un puesto quien no debería obtenerlo, que cada persona solicitante de un puesto pueda tener acceso las puntuaciones provisionales de todos los solicitantes de ese puesto. No vemos cuál es el problema para que no sea así, de modo que seguiremos insistiendo…

    IMPORTANTE: Recordamos a todo el personal laboral que participa en el concurso que debe revisar cuidadosamente su certificado de méritos por si hay omisiones, errores… El plazo de alegaciones finaliza el lunes 2 de octubre. No se podrá aportar ya documentación que no se presentara en el plazo de solicitud del concurso, aunque se tendrá en cuenta todo lo que conste en el Registro Central de Personal (cursos, circunstancias como un traslado obligatorio, etc.), y la documentación adicional que se aportara en su momento.

    Adjuntamos nueva información sobre el Concurso de traslados del personal laboral del ámbito del Convenio Único​, la anterior contenía una errata en la fechas.

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