FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 abril 2024.

Proceso de estabilización de empleo temporal en la AGE

    12/12/2017.
    Nota sobre estabilización del empleo temporal

    Nota sobre estabilización del empleo temporal

    Ayer, 11 de diciembre, tuvo lugar una reunión para negociar el desarrollo plan de estabilización del empleo temporal en la Administración General del Estado, derivado del Acuerdo de mejora del empleo público de 29 de marzo. Alrededor de esta negociación siguen planeando dos condicionantes:

    a) Posibilidad de un nuevo acuerdo complementario del anterior que, en el caso de nuestra Administración, ampliaría los ámbitos que podrían incluirse en el proceso de estabilización.

    b) La discusión, pendiente de concluir a nivel de la Mesa de todas las Administraciones Públicas, sobre los criterios generales que debieran gobernar este tipo de procesos.

    La Administración había anticipado una breve información recogiendo el grupo de plazas que consideraba objeto de este proceso de estabilización.

    No podemos compartir el número que se nos presenta. Es fácil interpretar que se ha elaborado con un espíritu especialmente restrictivo y muy alejado de una voluntad de solventar el problema de la eventualidad en nuestra Administración. Así se planteó por parte de CCOO, aspecto que finalmente terminó admitiendo Función Pública, aceptando poder revisar el mismo siempre que se pudiese justificar, dentro del marco del acuerdo del 29 de marzo, la inclusión de objetivos y vinculaciones adicionales.

    Por otro lado, CC.OO presentó las siguientes consideraciones:

    • Es necesario contar con datos desagregados por escalas y grupos profesionales.
    • Debe identificarse todo el empleo estructural ocupado de manera temporal. Tengan o no tengan plaza de soporte. El acuerdo es un instrumento para resolver el problema de la eventualidad en nuestra Administración y no debemos desperdiciar el mismo.
    • No admitimos como válido el principio de que ya estamos por debajo del 8% de temporalidad, consideramos que la interpretación lógica es que sea de aplicación en cada ámbito.

    Entrando en la discusión sobre el número de plazas a incluir en el proceso:

    • Consideramos que, dentro de la redacción recogida en el apartado SEGUNDO del Acuerdo, cabe un número de ámbitos que deben añadirse a los que se recogen en la propuesta que nos realiza. Ámbitos como Instituciones Penitenciarias, Inmigración y Emigración, Extranjería, y algunos otros vinculados a la Inspección y sanción de servicios y actividades que no tienen reflejo en la información que nos han trasladado.
    • Es necesario incluir otros tipos de personal interino; se están cubriendo necesidades estructurales haciendo un mal uso de nombramientos por programas temporales y por acumulación de tareas que responde a una actividad estructural que debe quedar incluida en estos procesos.
    • En cuanto a indefinidos no fijos por sentencia, tenemos personal asimilable, muchos incluso a la espera de una sentencia que es mero trámite y que por lo tanto debe contabilizarse a la hora de concretar el censo de puestos.

    La Administración parece dispuesta a estudiar todas las situaciones existentes y valorar la posibilidad de recogerlas siempre y cuando no desborde los límites que impone el propio Acuerdo de estabilización del empleo en las AAPP y la Ley de Presupuestos vigente. Para profundizar en dicho aspecto propone que desde la parte social se le haga llegar organismos y/o parcelas de actividad que puedan quedar incluidos adicionalmente a los identificados.

    Se plantea la necesidad de deslindar las competencias que en esta materia corresponden a cada Mesa Sectorial con especial atención a lo que afecta al ámbito de Justicia. Desde CCOO se defiende que lo que afecte a la Administración de Justicia se negocie en su Mesa, tanto números como condiciones y resto de matices que afecten a las convocatorias. En este apartado la Administración parece estar de acuerdo pero no termina de comprometer opinión quedando en estudiar la forma en la que debe vertebrarse el proceso de negociación.

    Poco más se pudo avanzar. El resto de cuestiones no recibieron una contestación cerrada por parte de la Administración y quedaron en clave de incógnita que deberá resolverse a lo largo del proceso de negociación. Avanzamos algunas cosas:

    • No hay noticias sobre la convocatoria de cuerpos generales de la OEP 2017. Están trabajando sobre ello pero no son capaces de comprometer fecha. ¿Se podría unir las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 a las que deriven de proceso de estabilización? Más bien parece que no. Conllevaría acumular un retraso excepcional a la oferta de 2017 sin una justificación clara.
    • ¿Habrá concurso de traslados previo? Parece necesario pero, desde la perspectiva de la Administración, no debe contribuir a retrasar la gestión de las convocatorias.
    • ¿Será concurso-oposición o se utilizará otra fórmula? Parece que así será e incluso que el reparto sea del 60-40, pero sin compromiso alguno.

    Sobre indefinidos no fijos por sentencia, plantean que esperar a las sentencias que se vayan produciendo durante el proceso no sería problema, dado que se va a hacer por fases, si bien no es posible la extensión a todos los que carecen de sentencia y están en una situación similar. Reconocen que es un problema y comprometen analizar con mayor detalle la situación.

    Finalmente, nos recuerdan que no se puede sacar una oferta con el 100% porque la LPG y el Acuerdo lo restringen a un máximo del 90%. En cualquier caso de lo que se trata ahora es de concretar el volumen de empleo actualmente afectado y posteriormente veremos que porcentajes se aplican y cuáles son las holguras del acuerdo.

    Nos instan a hacer llegar nuestras propuestas de ampliación de plazas a incluir durante la semana que viene, y quedamos a la espera de la próxima reunión, probablemente a mediados de enero.