FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 marzo 2024.

Novedades del concurso de traslados niveles 15-22: Un ataque a la carrera profesional en prisiones

    El pasado 9 de enero se ha publicado la Resolución por la que se convoca el concurso de traslados de la Secretaría General de IIPP, niveles 15 a 22. Se han introducido, unilateralmente, y sin el consenso de las organizaciones sindicales importantes cambios para la carrera y la promoción profesional, generando discriminaciones insalvables, limitando la movilidad y rompiendo el mérito y la capacidad. Prácticamente todos los cambios se recogían en los borradores de baremo que nos presentó la Administración anterior con Yuste.

    30/01/2019.
    Concurso traslados

    Concurso traslados

    Los cambios más relevantes se producen en la valoración de los méritos específicos, que son los que determinan la promoción interna y la carrera profesional.

    1.- SE SOBREVALORAN LAS COMISIONES DE SERVICIO PARA CONVERTIRLAS EN LIBRES DESIGNACIONES ENCUBIERTAS.

    El baremo de este concurso permite que el personal funcionario que hayan ocupado puestos en comisión de servicios se les valore la experiencia profesional adquirida para un período de 5 años, frente a los 2 años máximo en el baremo anterior. Se valora por igual, tanto la experiencia obtenida, con carácter definitivo, a través de un concurso, como la adquirida a través de comisiones de servicios reguladas en los artículos 64 y 66 del Real Decreto 364/1995, pudiendo superarse el límite legal máximo de duración de 2 años de las comisiones de servicio. Esta posibilidad resulta una cuestión inaceptable porque el resto del personal funcionario no tiene ninguna opción real de obtener una plaza de promoción en el concurso.

    No podemos olvidar que nuestra Instrucción reguladora de las comisiones de servicio (I 6-2011 RRHH) limita esta provisión de puestos, excepcional y de urgencia, al ámbito de cada centro penitenciario, concurriendo al procedimiento sólo personal del centro dónde se convoque la plaza en comisión, condicionando el mérito y capacidad a ese ámbito concreto.

    2.- ES UN BAREMO CON NOMBRES Y APELLIDOS, especialmente, en el caso de las plazas de Jefe/a Servicio de Información y Control y de Jefe/a de Servicios de Gestión de penas y medidas alternativas, que se han venido nombrando a dedo durante años y ahora se convocan a concurso para su legalización y consolidación.

    3.- LA EXPERIENCIA PROFESIONAL PARA PROMOCIONAR EN PRISIONES SE REDUCE A LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS.

    Otro de los cambios importantes es que la experiencia profesional sólo se valorará durante los cinco últimos años, frente a los diez años del baremo anterior, calculándose por días y no por meses completos como sucedía en el baremo anterior. El motivo de calcularse en días es para poder valorar alguna comisión de servicios de 6 meses de duración.

    Hay que tener en cuenta que toda la experiencia profesional con anterioridad a los últimos 5 años no vale nada, y que penaliza la carrera descendiente, concursar a puestos de inferior nivel. Aunque tengas una experiencia de 20 años como Jefe de Servicios, si los últimos 5 años has estado de Encargado Interior, no se te valora.

    4.- PENALIZA EL CAMBIO DE ÁREA FUNCIONAL. Se han establecido muros infranqueables para cambiar las áreas funcionales, de tal manera que eliminan la movilidad entre áreas. No te valoran la experiencia profesional en un concurso si cambias de área funcional. Por ejemplo a un Encargado de Dpto. no le puntúa ninguna experiencia profesional concursar a un puesto de Jefe de Oficinas. Desde CCOO siempre hemos defendido que en los puestos de niveles 15, 17 y 18 haya plena movilidad funcional. Por otra parte, ahora resulta imposible concursar de Educador a Jefe de Servicios sino pasas antes a Genérico Interior.

    Para la Administración Penitenciaria, los únicos puestos que tienen garantizada la movilidad funcional entre todas las áreas son los Directores, Subdirectores, Administradores y Directores de programas, todos ellos de libre designación.

    5.- POR PRIMERA VEZ PUNTÚAN LOS EXTINTOS TÍTULOS DE MÁSTER Y EXPERTO UNIVERSITARIO ESPECÍFICOS DE PRISIONES y se equiparan las licenciaturas o Grados al Master Universitario en Dirección de Centros Penitenciarios, y la Diplomatura con los cursos de Experto Universitario en Seguridad Interior, cuando no son equivalentes ni tienen los mismos créditos.

    Desde CCOO siempre hemos defendido que la formación tiene que garantizarse en condiciones de igualdad, cuestión que no sucedió en el primer curso de la UNED, pero además, actualmente ya no se puede realizar esta formación.

    Como novedad, para el puesto de Educador/a sólo se valoran las titulaciones universitarias de Educación social, Psicología y Derecho, al contrario de lo que sucede con el resto de puestos.

    6.- CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO.

    Se establece un catálogo de cursos diferenciados por 9 áreas funcionales, incluyendo, una formación transversal (área 1) que puntúe para todos los puestos de trabajo. Esta base de la convocatoria está calcada del borrador de la Administración de Yuste.

    Por primera vez, se valora la formación en los puestos base de Genérico nivel 15 y Encargado de nivel 17. Sin embargo, la Administraciónno puede garantizar el acceso universal a esta formación, ya que tenemos un recorte aprox. del 63% del presupuesto.

    Como novedad, la Administración sólo valorará, en los méritos generales, los cursos impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) y centros oficiales de idiomas. NO SE VALORARÁN los CURSOS impartidos por universidades privadas, ni los impartidos por entidades públicas fuera de los fondos públicos AFEDAP. Respecto a los cursos impartidos por los sindicatos SE VALORAN aquellos cuya denominación coincide con alguno de los cursos recogidos en el anexo III de la convocatoria y financiados con cargo a fondos de formación para el empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP). Desde el año 2015 los sindicatos no son promotores de formación.

    Se reduce la puntuación de los cursos de Capacitación de Jefe de Servicios, Jefe de Servicio de Información y Control, Jefes de Gabinete, Coordinador de Servicio Interior, Educador, Jefe de Oficina Gestión Expedientes y/o Administración, Monitores Informáticos, distinguiéndose 2 tramos de duración en función de las horas del curso.

    También se puntúan con 4 puntos los cursos impartidos.

    En cuanto a los méritos generales determinan la movilidad geográfica, el cambio de puestos con el mismo nivel de complemento de destino (Antigüedad, Grado, nivel de puesto, cursos y conciliación). Los criterios relativos a trabajo desarrollado, cursos y conciliación han sido adaptados por la Administración Penitenciaria al I Acuerdo de movilidad para el personal funcionario de la AGE. Sin embargo, este Acuerdo no regula los méritos específicos de los puestos de trabajo porque es potestad autoorganizativa de cada Administración.

    1.- ANTIGÜEDAD.- De manera unilateral, la Administración Penitenciaria ha suprimido la diferencia que existía con los baremos anteriores, de valorar con distinta puntuación, la antigüedad en la Administración Penitenciaria y en el resto de Administraciones Públicas (Estatal, Comunidad Autónoma y Local). En este concurso toda la antigüedad se valora con la misma puntuación, 1.10 puntos por año completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública.

    2.- GRADO PERSONAL CONSOLIDADO.- Al contrario del anterior baremo, se corrigen los saltos de dos o tres escalones que habían y el grado consolidado se valora nivel a nivel.

    3.- NIVEL DEL PUESTO DE TRABAJO.- Como novedad, en este mérito se vuelven a valorar las comisiones de servicio. La valoración del trabajo desarrollado en los méritos generales se amplía a los últimos cinco años, calculándose por meses completos (treinta días naturales), aquí no se computa por días. Penaliza la carrera descendiente y por primera vez se valora con más puntos concursar a un puesto de nivel superior que concursar a puestos de igual nivel.

    4.- CONCILIACIÓN DE VIDA FAMILIAR Y LABORAL.

    Para que se valore este mérito se deberán solicitar todos los puestos que se convoquen en ese municipio, sin condicionar el nivel de los puestos como ocurría en el baremo anterior, en el que obligatoriamente había que pedir todos los puestos de igual nivel al del puesto desde el que participas.

    Si no se solicitan todos los puestos de ese municipio, sólo se te valora este mérito para los puestos que tengan igual o inferior nivel de C. destino que el puesto desempeñado.

    Algunos criterios establecidos en las bases resultan contrarios al derecho de conciliación de vida familiar y laboral y discriminatorios, como la penalización que se ha incluido de que “No se otorgará puntuación en este mérito en aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya un puesto con carácter provisional en el municipio dónde tiene destino el/la cónyuge funcionario.Asimismo, la lejanía y el aislamiento que tienen determinados centros penitenciarios de los núcleos urbanos, impiden que a su personal se le valore este mérito de conciliación familiar y laboral.

    Como novedad en las bases del concurso de este año, se recoge expresamente que: “A efectos de la valoración del trabajo desarrollado, el tiempo de permanencia en situación de excedencia por cuidado de familiares, regulado en el artículo 89.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público, deberá considerarse como de prestación de servicios efectivos”.

    Por último se han convocado 1416 plazas (anexo 1A) y el resto son las resultas (anexo 1B) que es discrecionalidad de la Administración, convocarlas o no. El plazo de resolución del concurso será de 8 meses, frente a los 6 meses que se establecían en las anteriores convocatorias.

    Sin duda, este concurso será objeto de numerosas reclamaciones judiciales y como siempre a la Administración le sale gratis pleitear. Aún así CCOO recurrirá las bases de este concurso. Este concurso representa un retroceso en las relaciones laborales sin precedentes, orientado a la designación directa de los mandos intermedios, potencia el clientelismo y deteriora la especialización y polivalencia que debe caracterizar al trabajo penitenciario, convirtiendo en más ineficaz el servicio público para justificar los avances en la privatización.