FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 24 abril 2024.

Subcomisión Delegada de CIVEA en la Administración de la Seguridad Social

    28/06/2019.

    El pasado miércoles día 26, en reunión de la Subcomisión Delegada de CIVEA en la Administración de la Seguridad Social se trataron entre otros los siguientes temas de relevancia general:

    Previamente al comienzo de la Subcomisión, se nos comunicó que en base al acuerdo adoptado en la Comisión Paritaria del IV Convenio Único constituida el día 5 de junio de 2019, pasamos a denominarnos “Subcomisión Paritaria del IV C.U. en la Administración de la Seguridad Social”.

    Por lo que la convocatoria de los miembros de la misma ya se había realizado en base al citado acuerdo, el cual se concreta en el siguiente reparto de miembros y porcentaje de representación:

    CCOO 4 con el 35,54%, UGT 4 con el 33,05%, CSIF 4 con el 29,22% y CIG 1 con el 2,14%

    Como cuestión previa al debate del orden del día se anunció por UGT la intención de impugnar los informes favorables de tres adscripciones temporales que se habían informado favorablemente por mayoría en la anterior Subcomisión.

    Aun sabiendo, y así consta en acta, que el acuerdo de informar favorablemente se daba con la premisa de que dado, que tenían que resolverlos en el ámbito de Función Pública, ya que eran de índole interdepartamental, nos serviría de aclaración a lo que deberíamos hacer con respecto a los artículos a los que hace referencia el segundo párrafo de la transitoria tercera del IV C.U. Esto se acordó así debido a que la Subcomisión se había convocado en mayo y el convenio se publicó en el BOE seis días antes de la reunión de la misma, con lo que vimos razonable que a través de lo que ya estaba tramitado se nos indicara si era o no ajustado lo que decidimos.

    Como consecuencia de haberse constituido y llegado a acuerdos, en la última reunión de la Comisión Paritaria, sobre la creación de Grupos derivados de la misma, para tratar algunos temas, entre ellos el Grupo que tendrá que dirimir que se decide sobre los artículos del III C.U. que ya no aparecen en el IV, pero que siguen vivos en su aplicación y que afectan a la movilidad recogida en los Títulos VI y VII del nuevo convenio y que ya no se toman en consideración en esta Subcomisión. Lo mismo que lo recogido en el párrafo primero de la citada transitoria, dejando sin efecto hasta que se cumpla lo estipulado en ella, los expedientes presentados a esta Subcomisión. Salvo que se decida en contrario en la Comisión Paritaria.

    Pasando al Orden del día, se trataron los siguientes puntos de relevancia general:

    RPT Y LISTADOS DE OCUPACIÓN

    Se constata el primer incumplimiento del Convenio en cuanto a la entrega a esta Subcomisión de la RPT y Listados de Ocupación, aunque sí se nos ha entregado una RPT sacada del Portal de la Transparencia, la cual se nos comunicó que efectivamente no estaba en un formato normalizado y que se les dijo que ya se les había entregado a los representantes de la parte social de la Comisión Paritaria, pero que los Listados de Ocupación no los tenían.

    INFORMACIÓN SOBRE PERFILES INFORMATICOS ASIGNADOS A LOS G5 A1 QUE ESTÁN EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

    Como quedó pendiente lo solicitado por CCOO, se nos comunica que después de haber valorado qué información nos daban, han decidido que les darán instrucciones a las Entidades para que nadie tenga perfiles informáticos que no les corresponden a su categoría y funciones. Se contestan por sí solos.

    Les dijimos que no tenemos intención de dejar de colaborar en lo que se nos pueda solicitar, para que el servicio público sea prestado con la diligencia y eficacia que se merece que si por no reconocer y por lo tanto compensar dicha colaboración están dispuestos a deteriorar el mismo que bastante falto de personal ya está e incrementar las cargas de tareas que se vienen haciendo por este colectivo, mal servicio prestan a los ciudadanos.

    CLASIFICACIÓN IV CONVENIO ÚNICO

    CCOO continuamos solicitando si tenían alguna información que se les hubiera requerido para tal efecto, sobre todo para el colectivo del G5 A1 que es el más numeroso en nuestro ámbito, además de estar menos definido su acoplamiento.

    Se nos comunicó que aún no había nada, pero que en lo referido al colectivo citado, nos dijeron que ya habían adelantado algo que quedaba por definir, pero que esta información también la tenían nuestros compañeros de la Comisión Paritaria y que ellos nos podrían dar más detalles debido sobre todo a que no está aún terminado el trabajo y como parte de la Administración no sería conveniente adelantar futuribles no cerrados.

    SELECCIÓN DE PERSONAL INTERINO

    Por parte de CCOO se instó a la Administración a que las bases de convocatoria para contratación de personal interino dejasen de realizarse mediante la fórmula del concurso oposición, es decir méritos + entrevista, ya que estaban haciendo de lo extraordinario ordinario. El Reglamento de ingreso y, por ende, la orden que regula la selección y nombramiento de personal funcionario interino, extendida al personal laboral en la práctica, regula como extraordinario el método del concurso oposición para estos casos, cuando “las funciones y el contenido práctico de los puestos a cubrir exijan que los candidatos superen una entrevista o una prueba práctica para demostrar su idoneidad”, por lo que no creemos que para la selección de, por ejemplo, Ordenanzas, sea necesaria esa calificación de extraordinaria. La Administración asumió el argumento y vería de cambiar las bases.

    BOLSA DE TRABAJO EN EL IMSERSO

    Nada nuevo la respuesta es la misma que la de la anterior Subcomisión.

    PRODUCTIVIDAD DE TARDES IMSERSO

    Se comunicó que las nuevas solicitudes no se harían efectivas hasta el 1 de octubre.

    CURSO DENEGADO EN EL IMSERSO DE ALCUÉSCAR

    Se pidió explicación sobre la denegación a una trabajadora de la asistencia a un curso encuadrado en un itinerario de su categoría ya que se le había respondido que no se realizaba por falta de presupuesto.

    Al decirles que no entendíamos como un curso programado en el Plan de Formación podía carecer de presupuesto, se nos respondió que al realizarse a través de Capitulo II, la intervención de Alcuéscar lo había rechazado porque interpreta que la nueva Ley de Contratos no permite hacerlo al no haber transcurrido más de dos años desde que se hiciera otro igual. Y ¿por qué no habido ese problema en Albacete?, por ejemplo.

    Preguntamos por la falta de Auxiliares de Sanidad Marítima en Huelva e Isla Cristina. Se nos dijo que las plazas están cubiertas y que si hay alguna baja de larga duración, si no se lo comunicaban desde la Dirección de Huelva, difícilmente podrían saberlo y dar autorización para sustituir.