FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 marzo 2024.

CCOO recurre la Resolución de la CECIR que viene a acabar con la segunda actividad en prisiones.

    El 4 de octubre CCOO interpuso un Recurso de Reposición contra la Resolución 1097/19-F, aprobada en fraude de ley por la CECIR, solicitando la suspensión de sus efectos y su anulación por contravenir gravemente la legalidad vigente.

    07/10/2019.
    Recurso de reposición contra la resolución 1097/19-F, segunda actividad en prisiones.

    Recurso de reposición contra la resolución 1097/19-F, segunda actividad en prisiones.

    Se ha simulado un simple cambio de denominación de puestos para burlar la negociación colectiva y el cumplimiento del procedimiento legalmente establecido, y poder alterar la estructura organizativa de IIPP, modificar el Real Decreto que regula la segunda actividad y precarizar aún más las condiciones laborales y derechos del personal penitenciario.

    No es cierto que se vayan a crear nuevos puestos denominados “Genéricos” (nivel 15) y “Especialistas” (nivel 18) sino que sólo se van a asignar funciones, todas las que corresponden a los puestos estructurales de las áreas de oficinas, mixta y V-2.

    El Ministerio del Interior juega con la indefinición de los nombres de los puestos para otorgar a las direcciones de los centros penitenciarios de un poder amplio de discrecionalidad a la hora de encomendar funciones al personal que pase a segunda actividad, en función de las necesidades que surjan en cada centro. Que las direcciones puedan adaptar su RPT saltándose la legalidad vigente y la obligada negociación colectiva.

    La Resolución de la CECIR modifica el RD 89/2001 que regula la segunda actividad contraviniendo lo dispuesto en ésta norma superior, ya que por una parte permite que la segunda actividad ocupe plazas estructurales, y por otra que se le puedan asignar servicios de V-2. De facto se elimina éste derecho para el personal de V-2, que lo tiene reconocido por ley.

    Que se puedan cubrir plazas estructurales y que la segunda actividad sea amortizable significa que perderemos empleo público en un servicio público esencial, que es deficitario.

    La Resolución de la CECIR viene a hacer cambios de más calado. Las plazas estructurales que ocupa la segunda actividad no saldrán a concurso, modificándose la forma de provisión de nuestros puestos de trabajo.

    Progresivamente, y a medida que crezca el envejecimiento de las plantillas, las convocatorias de los concursos se limitarán al área de Vigilancia-1, condicionando la movilidad del personal hacia los centros de trabajo ubicados en las zonas geográficas con mayor tasa de envejecimiento de plantilla. Esto también tendrá su efecto negativo en la Oferta de Empleo Público ya que ambos instrumentos se relacionan.

    Evidentemente teledirigir la movilidad del personal hacia un área funcional concreta supone que la Administración siga imponiendo su baremo de méritos.

    Se elimina la posibilidad de que el personal en segunda actividad pueda participar en un concurso y promocionar a un puesto de nivel superior compatible con su situación.

    Además, la CECIR bendice que haya aún más diferencias retributivas entre el personal penitenciario por realizar el mismo trabajo.

    Las razones que tiene el Ministerio del Interior, de acabar en este momento con la segunda actividad en prisiones son políticas, apuestan por degradar el servicio público penitenciario y continuar deteriorando las condiciones de trabajo para justificar su privatización. No defienden la reinserción, sólo maquillan estadísticas.

    No hay razones económicas ya que el Gobierno en funciones anunciaba, en febrero, un incremento del presupuesto de IIPP para el 2019 de 216 millones para construir infraestructuras penitenciarias.

    Tampoco debemos olvidar que han pasado 18 años desde que se aprobó el Real Decreto de Segunda Actividad, sin que nuestros gestores hayan hecho nada para evitar el colapso del sistema público penitenciario.