FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 marzo 2024.

El Personal Laboral y los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales

    22/05/2019.

    Con efectos 1 de abril de 2019 La CE de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR), aprobó la Resolución por la que se dictan Instrucciones que regulan la creación y modificación de los puestos de trabajo de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Su ámbito de aplicación son los Departamentos Ministeriales y Organismos Públicos vinculados o dependientes, que tengan adscritos personal funcionario o estatutario y personal laboral, de acuerdo a lo establecido en el art. 2 del RD 67/2010, de adaptación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.

    Estas instrucciones refunden, actualizan y sustituyen todas las anteriores dictadas por la CECIR en esta materia, como novedades se introducen las siguientes:

    • Se establecen las equivalencias de las titulaciones, y la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones.
    • Podrá proponerse el alta de otros puestos de trabajo de prevención de riesgos laborales, que complementarán a los Servicios de Prevención.
    • Los puestos de trabajo vacantes, aprobados para personal funcionario en las RPT actuales, pueden ser desempeñados por personal laboral fijo.
    • Podrán desempeñarlos también, el personal laboral fijo no acogido a convenio, que ya los estén desempeñando.
    • Las funciones de Empleado Público Designado, podrán ser desempeñadas tanto por personal funcionario como por personal laboral.
    • El personal laboral que pase a desempeñar puestos de trabajo en los servicios de prevención, tendrán la consideración de personal laboral no acogido a convenio.
    • Las modificaciones de RPT se financiaran por cada Departamento y Organismo público con cargo a su presupuesto, y financiadas con la baja de dotaciones de puestos de trabajo.

    Desde CCOO llevamos mucho tiempo exigiendo que se cumpla la Ley respecto al acceso del personal laboral a los puestos de trabajo de los Servicios de Prevención. Siendo esta Resolución una buena noticia, no podemos compartir cuestiones como la salida del personal laboral del convenio, o la falta de financiación, requisito necesario para la creación de otros puestos de trabajo adscritos a estos Servicios. Igualmente nada se concreta sobre las retribuciones a percibir por el personal laboral.

    Unas directrices que han sido aprobadas por la Administración de manera unilateral, sin negociación, sin información y con la mayor opacidad respecto a su publicación.

    Documentación asociada
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